En una decisión publicada hoy, el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa (CEDS) considera que la limitación de las indemnizaciones concedidas a los trabajadores en caso de despido injustificado constituye una «violación» de la Carta Social Europea (artículo 24b).
La CGT-FO y la CGT, en sus Reclamaciones (n.°160/2018 y n.°171/2018), solicitaron al CEDS que declarara que las reformas de la legislación laboral introducidas por la Orden n.° 2017-1387, de 22 de septiembre de 2017, contravienen el artículo 24 (Derecho de protección en caso de despido) de la Carta, ya que establecen una limitación de la indemnización en caso de despido sin razón válida. Las dos organizaciones alegaban que esas disposiciones no permiten a las víctimas de despidos improcedentes obtener por la vía judicial interna una compensación adecuada con respecto al daño percibido y disuasoria para los empleadores, y que esas reformas no garantizan un derecho de recurso efectivo contra un despido abusivo.
El Comité adoptó su decisión sobre el fondo de estas reclamaciones el 23 de marzo de 2022.
La Carta Social Europea, complemento natural del Convenio Europeo de Derechos Humanos en la esfera de los derechos sociales y económicos, es un texto internacional jurídicamente vinculante que los Estados se comprometen a respetar desde el momento en que lo ratifican. Francia firmó la Carta revisada en 1996 y la ratificó en 1999.
Francia y la Charte Carta Social Europea [EN/FR]
Nota de prensa [FR]
Plafonnement des indemnités prud’homales en cas de licenciement injustifié : le Conseil de l’Europe conclut à la violation par la France de la Charte sociale européenne