En un informe de evaluación publicado hoy, el Comité de Expertos de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias del Consejo de Europa concluye que, si bien España cuenta con un sistema bien desarrollado de protección y fomento de sus lenguas regionales y minoritarias, es necesario redoblar los esfuerzos para colmar las lagunas existentes y cumplir así las obligaciones que le impone el tratado. (Véase el resumen del informe en español)
La Constitución española, los Estatutos de Autonomía y las legislaciones específicas proporcionan un marco general para la protección y fomento de las lenguas regionales y minoritarias. No obstante, los principales desafíos se siguen presentando en los ámbitos de la justicia, la administración estatal, la prestación de servicios públicos y los intercambios transfronterizos, que son competencia de las autoridades estatales españolas. En estos ámbitos a menudo no se aplican plenamente las disposiciones de la Carta, particularmente en lo que se refiere a garantizar el derecho de los ciudadanos a utilizar sus lenguas regionales o minoritarias en los procedimientos judiciales, los servicios de atención sanitaria y la comunicación con las instituciones estatales.
El Estado es responsable de la legislación básica en materia de educación, mientras que en las Comunidades Autónomas recae la competencia de completar y aplicar las leyes educativas regionales. Sin embargo, las últimas sentencias judiciales que exigen un porcentaje mínimo de enseñanza en castellano en algunas regiones entran en conflicto con las obligaciones asumidas por España en virtud del artículo 8 de la Carta, lo cual es motivo de preocupación.
En el informe se constata que, lamentablemente, la legislación en vigor o su interpretación actual no garantiza que los procesos penales, civiles o administrativos puedan llevarse a cabo en lenguas regionales o minoritarias, ni siquiera previa solicitud. Se subraya que esas lenguas rara vez se utilizan en los procesos judiciales.
El uso de lenguas regionales o minoritarias en la administración del Estado también sigue siendo limitado en las Comunidades Autónomas donde la lengua regional o minoritaria está protegida. Aunque las administraciones locales y regionales suelen exigir que el funcionariado conozca esas lenguas, la disponibilidad de personal con un dominio lingüístico suficiente en la administración del Estado es baja. El Comité recalca que la digitalización de los servicios públicos, si bien es beneficiosa, no debe marginar el uso de las lenguas regionales o minoritarias.
La disponibilidad de programas de radio y televisión en lenguas regionales o minoritarias es en general satisfactoria a nivel autonómico, pero se debe prestar más apoyo a su presencia en las plataformas internacionales de streaming.
En virtud de la Carta, que ratificó en 2001, España se comprometió a proteger y fomentar las siguientes lenguas en los ámbitos de la educación, la justicia, la administración, los servicios públicos, los medios de comunicación, la cultura, la vida económica y social, y los intercambios transfronterizos: el vasco (en la Comunidad Autónoma del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra), el catalán [denominado valenciano en la Comunidad Valenciana] (en las Comunidades Autónomas de las Islas Baleares, Cataluña y en la Comunidad Valenciana), el gallego (en la Comunidad Autónoma de Galicia) y el occitano [denominado aranés] (en la Comunidad Autónoma de Cataluña).
También debe preservar y proporcionar cierto nivel de protección al amazigh (en la Ciudad Autónoma de Melilla), aragonés y catalán (en la Comunidad Autónoma de Aragón), asturiano y gallego [denominado gallego-asturiano] (en el Principado de Asturias), catalán [denominado valenciano] (en la Comunidad Autónoma de Murcia), dariya (en la Ciudad Autónoma de Ceuta), extremeño, fala y portugués (en la Comunidad Autónoma de Extremadura), y gallego y leonés (en la Comunidad Autónoma de Castilla y León).
La Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias y España